
Accede aquí al BOE sobre la regulación de tráfico en España.
Consulta el Anexo II y el Anexo V del documento. Ahí encontrarás los días, horas y tramos de carretera afectados por restricciones generales y específicas. Esta normativa también se aplica a los vehículos especiales y al transporte de mercancías peligrosas.
Según el apartado B.1.2 (pág. 2), están exentos diversos tipos de vehículos:
Revisa el apartado B.2 (pág. 2) para ver las restricciones generales. También encontrarás más información en estos apartados:
Consulta el apartado B.3 (pág. 3), y encontrarás las restricciones concretas en los Anexos II y V. Algunas excepciones a esta normativa son:
Sí, se recogen en el apartado D.1.1 (pág. 5). Ante nieve, hielo, niebla o viento fuerte, se podrá restringir la circulación de camiones y obligar a circular por el carril derecho sin adelantamientos.
Esta medida está detallada en el apartado G (pág. 7) y en el Anexo V, 3r apartado.
El Anexo I recoge las restricciones en carreteras por pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos, detallando las provincias, tramos y fechas afectadas.
Puedes solicitar autorizaciones excepcionales a través de los Jefes Provinciales de Tráfico o el Centro de Gestión de Tráfico. También se contemplan supuestos en los que la DGT puede levantar restricciones si la circulación lo permite (pág. 8).
En la página 7 se detalla el régimen sancionador. Las infracciones se sancionarán según la Ley de Tráfico y, si es necesario, se podrá retirar el vehículo de la vía.
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